¿Qué hacer con los residuos y desperdicios de nuestro barco para evitar la contaminación en la mar? Jordi Maseras nos hace un resumen de la normativa.
En todos los puertos deportivos y marinas encontraremos contenedores para depositar nuestros residuos y desperdicios de forma que se puedan reciclar. Foto: Jordi Maseras.
La orden del Ministerio de Fomento (FOM/1144/2003) regula los vertidos de aguas sucias procedentes de los aseos de las embarcaciones de recreo, así como los restos orgánicos de comida y cualquier tipo de vertido contaminante. Excluidos los veleros de regata, regulados por su propia norma, y los artefactos flotantes, como piraguas, hidropedales, etc., todas las embarcaciones de recreo están sujetas a la orden ministerial que regula la prevención de la contaminación en la mar.
Si nuestros desperdicios son abundantes, los puertos deportivos y marinas también disponen de contenedores de gran tamaño para utilizar en estos casos. Foto: Jordi Maseras.
La finalidad de la prevención de la contaminación de la mar es la de impedir que se produzcan derrames de aguas sucias u oleosas y desperdicios orgánicos procedentes de las embarcaciones. Para ello se dispone que las embarcaciones con aseo, tienen que disponer de depósitos en los que almacenar dichas aguas y evitar su descarga en las zonas en las que esté prohibido y limitado de acuerdo al número de personas que puedan ir a bordo de las mismas.
Aguas sucias
Todas las embarcaciones equipadas con WC deben tener instalado un depósito de aguas negras. Si la embarcación dispone de más de un aseo, al menos uno, lo debe llevar instalado. Foto: Jordi Maseras.
Las embarcaciones abanderadas en España y las extranjeras que naveguen por aguas españolas, tienen prohibido descargar aguas sucias en zonas portuarias, aguas protegidas y zonas como rías, bahías, desembocaduras de ríos y aguas interiores. De todas formas existe un determinado régimen de descarga de aguas sucias atendiendo a la distancia de la costa y al equipo del que vayan provistas las embarcaciones. Se entiende por aguas sucias aquellas que proceden de los aseos y cocinas y nunca las contenidas en sentinas generales y sentinas de los motores.
Así pues está permitida la descarga de aguas sucias en los siguientes supuestos:
- Dentro de las 3 millas más próximas a la costa se pueden descargar las aguas que se hayan tratado en forma que no contengan sólidos ni coloración alguna.
- De 3 a 12 millas cuando las aguas hayan sido tratadas con trituradoras y desinfectadas, además de estar en navegación a más de 4 nudos de velocidad.
- Más de 12 millas si no se dispone de equipo para desmenuzar o triturar y desinfectar las aguas sucias, siempre y cuando se haga navegando a una velocidad mínima de 4 nudos.
Aguas oleosas, aceites y basura
Contenedor de aceites usados de una instalación portuaria. Foto: Jordi Maseras.
El régimen de descarga de las aguas oleosas, aceites y basura, especifica que, si bien las aguas sucias son contaminantes por ser fuente de infecciones y otros males, las aguas oleosas pertenecen a un tipo de contaminación a la que hay que prestar un singular cuidado. Su regulación no depende de los estados ribereños, sino que procede de estamentos superiores, mediante protocolos internacionales con los que se estandariza la norma para todos los países. Al igual que los plásticos, el aceite de cocinar, el aceite de los motores, combustibles y residuos procedentes de las sentinas de los motores y actividades mecánicas, nunca pueden ser descargados al mar. Para ello el convenio internacional MARPOL dispone que las embarcaciones, deben estar dotadas de depósitos o bidones para contenerlos y para posteriormente transferirlos a instalaciones en tierra, como los Puntos Limpios o instalaciones MARPOL situados en los puertos comerciales.
El pozo de anclas puede ser un buen lugar para guardar la basura y evitar olores en el interior hasta que lleguemos a puerto. Foto: Jordi Maseras.
Respecto a los residuos y desperdicios de materias orgánicas esta Orden Ministerial regula que:
- Está totalmente prohibido arrojar restos de comida a menos de 12 millas de la costa. Estos restos deberán ser desmenuzados y nunca arrojados en el interior de bolsas de plástico.
- Como norma general debemos retener y conservar a bordo todos nuestros residuos en tanques de recepción y contenedores adecuados. A nuestro regreso a puerto deberemos desembarcarlos y depositarlos en los contenedores específicos que encontraremos en todas las instalaciones portuarias. Todos los desechos y residuos que podemos generar a bordo durante nuestras singladuras, por cortas que sean (restos de comida, envases metálicos o de plástico, vidrio, papel, cartón, etc.) encontrarán su contenedor específico en tierra.
- Si se trata de residuos de hidrocarburos, deberemos acudir a la instalación MARPOL más cercana. Si no conocemos su ubicación el personal de marinería del puerto nos indicará su situación.
- Si generamos otro tipo de residuos de carácter peligroso, como restos de pintura, disolventes, pilas usadas, baterías, etc., deberemos extremar las precauciones y entregarlos en tierra en el lugar adecuado, denominado Punto Limpio.
Aviso a los fumadores: La práctica de tirar las colillas por la borda se tiene que erradicar desde hoy mismo. Los filtros de los cigarrillos son prácticamente indestructibles, pueden llegar a durar siglos sin destruirse y son una fuente de contaminación muy importante. Acostumbrémonos a apagar los cigarrillos y conservar las colillas a bordo hasta que lleguemos a tierra para depositarlas en el contenedor correspondiente.