Para poder gobernar una embarcación de recreo es necesario obtener la titulación náutica adecuada en función de nuestro tipo de barco y ámbito de navegación.
- Las titulaciones náuticas no son un mero trámite burocrático, sino que además de ser necesarias para saber llevar un barco, son imprescindibles para conocer conceptos fundamentales de un medio compartido con otras personas que disfrutan o trabajan en él: el mar.
- Existen distintas titulaciones y, contra mayor dificultad en la obtención de ellas, mayores son los permisos que se otorgan (eslora, potencia, tipo de navegación, distancia de navegación, etc.).
En este artículo presentamos las principales titulaciones náuticas existentes en España:
Las titulaciones náuticas no son un mero capricho burocrático ni una excusa para que existan profesionales que se dediquen a la enseñanza. Al contrario, obtener una titulación es lo primero que deberíamos hacer antes de coger un barco a motor y pensar que es más fácil que un coche con cambios automáticos porque no hay calles ni hay que poner el intermitente para girar. En realidad, no basta con darle adelante o atrás a una palanca y mover una rueda para mantener una dirección o esquivar un objeto flotante. Es necesario aprender conceptos fundamentales para moverse en un medio que, además, compartimos con otras personas que disfrutan o trabajan en él. De hecho, son muchos los profesionales que trabajan en la navegación y que tienen una responsabilidad mucho mayor que la de conducir una moto de agua.
Partamos de la base que las titulaciones náuticas de recreo habilitan para gobernar embarcaciones de recreo que no tengan fines comerciales, a excepción de las últimas modificaciones en la ley que entraró en vigor en julio de 2019 y que permite a un Patrón de Yate convertirse en Patrón Profesional de Chárter Náutico, solo con obtener el certificado Formación Básica en Seguridad (curso STCW). En Barcelona existen diversas escuelas náuticas para obtener estas licencias, como, por ejemplo, Neptuno, donde se ofrecen tanto cursos presenciales, como online y prácticas oficiales de navegación, vela y radio-comunicaciones.
Las titulaciones náuticas de recreo son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias (País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla).
Más información sobre: Cómo comprar un barco.
Embarcaciones que pueden gobernarse sin titulación
En el mercado existen diversas embarcaciones que no requieren de titulación náutica, como esta Tarpon 470 lx.
Comencemos por lo más básico: no se necesita una titulación específica para gobernar embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios (equivalente a 15 caballos). Además de los caballos, para navegar sin licencia, la eslora máxima permitida en los barcos a motor es hasta cinco metros y en los veleros hasta seis metros. Por otro lado, tampoco necesitan titulación específica los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos de agua, siempre que no se alejen más de dos millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la navegación se realice durante el día. Quizás parezcan pocas atribuciones, pero son suficientes para comenzar a disfrutar de una actividad con la capacidad de enganchar y crear el deseo de seguir avanzando para llegar cada vez más lejos.
Quienes se beneficien de esta posibilidad deben ser mayores de 18 años o mayores de 16, con la correspondiente autorización de madre, padre o personas tutoras. Por supuesto que, tanto la preparación como la participación en competiciones deportivas, quedan exentas de cumplir estos requisitos.
Licencia de navegación
La licencia de navegación permite gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora.
La Licencia de navegación es el curso homologado más básico. Son suficientes dos horas de teoría y cuatro de práctica, es decir que con un certificado médico similar al de coche y medio día de clases, ya tendríamos nuestra licencia.
Esta titulación también limita la distancia hasta dos millas de la costa y de navegación diurna, pero permite gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora de vela y de motor, siempre y cuando la potencia sea la indicada por el fabricante de la embarcación.
Estos cursos no exigen un examen final y aprenderemos a realizar maniobras básicas dentro de puerto, nudos más utilizados, comprobaciones previas a la salida al mar, como los elementos de seguridad necesarios, la meteorología, etc. También se aprenden los derechos de paso básicos para evitar colisiones, navegación segura y el señalamiento marítimo.
Según las modificaciones del último Real Decreto, esta titulación permite el gobierno de motos de agua sin limitación de potencia.
Patrón de Navegación Básica (PNB)
Con el PNB, la eslora permitida aumenta hasta ocho metros en motor y vela.
La gran diferencia de esta titulación es que permite la navegación diurna y nocturna hasta cinco millas de la costa. Tampoco tiene límite de potencia para las motos acuáticas. La eslora aumenta en motor y vela hasta ocho metros, pero con unas horas de práctica obligatorias. Según las escuelas o federaciones es posible hacer el curso en diferentes formatos de horario regular o intensivo y también son obligatorias las prácticas de radio de cuatro horas sobre las generalidades de las radiocomunicaciones en el Servicio Móvil Marítimo, el uso de los equipos a bordo y la reglamentación de las comunicaciones radiotelefónicas, tanto para comunicaciones de rutina, como para situaciones de emergencia.
Al final del curso se exige un examen teórico, completar las prácticas obligatorias y un certificado médico.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
El PER habilita el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora.
Esta titulación permite ampliar los límites de navegación, tanto en distancia como en eslora y potencia. Además con esta titulación existe la posibilidad de realizar una ampliación que permite una salida laboral, según la nueva reglamentación.
El PER habilita el gobierno de embarcaciones de recreo a motor y a vela de hasta 15 metros de eslora, para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta, también la navegación entre islas.
Se exigen 16 horas de práctica y un curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas de duración, que comprenden cuatro horas de teoría y ocho horas de práctica.
El examen lo realiza la autoridad competente de la Administración y es un poco más exigente.
De forma adicional, es posible realizar una navegación de 24 horas que incluya navegación nocturna para ampliar las capacidades de gobierno de embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y la navegación entre islas, tanto en Baleares como en Canarias.
Llegados a este punto, cabe la posibilidad de obtener el PER profesional mediante la realización de un curso de Formación Básica en Seguridad homologado STCW que permite trabajar profesionalmente en algunas áreas del chárter con embarcaciones de recreo.
Patrón de Yate
Con la obtención de la licencia de Patrón de Yate, se puede navegar un barco de hasta 24 metros de eslora.
Desde luego que no es recomendable que inmediatamente, obtenido el curso, salgamos en busca de una embarcación en alquiler de hasta 24 metros de eslora. El sentido común exigirá unas cuantas salidas de práctica con embarcaciones de menor eslora y no solo porque las maniobras en puerto sean más complicadas. Al fin y al cabo, una embarcación de esta eslora, o incluso mucho menor, incluye una cantidad inesperada de elementos eléctricos y de la motorización, sistemas hidráulicos etc. que no necesariamente deben romperse para ocasionarnos un inconveniente, pero su mero uso requiere un amplio conocimiento.
La titulación Patrón de Yate permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor y vela de hasta 24 metros de eslora, siempre y cuando se realicen las prácticas específicas. Esta titulación permite la posibilidad de navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 150 millas de ésta. Evidentemente, permite el gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables. Para poder realizar este curso es necesario poseer la titulación anterior, de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
También hay que realizar un Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas que no es necesario repetir si ya se ha hecho anteriormente para el PER (Patrón de Embarcación de Recreo).
Capitán de Yate
La titulación de Capitán de Yate es la más completa de todas y está exenta de limitaciones geográficas.
Puede que nuestras expectativas sean todavía más grandes, que estemos realmente enganchados al mundo del mar y que la idea de una vuelta al mundo o de una larga travesía que incluya un cruce del Atlántico haya comenzado a rondar nuestra cabeza. O, simplemente, nuestra curiosidad y ansias de saber necesiten más.
En este caso, por lo que respecta a la navegación de recreo, se llega al máximo. Ser Capitán de Yate no ofrece mucho más que llevar con autoridad una gorra, o merecer un respeto en las charlas de bar. Si bien he conocido capitanes de yate que difícilmente se atrevieran a navegar desde la península hasta Baleares, casos de “titulitis”, lo cierto es que con el título de capitán de yate, la distancia ya no es un problema, sino que es ilimitada. Simplemente, podremos ir a Capitanía y pedir un despacho para dar la vuelta al mundo y solo nos felicitarán.
Sería muy extenso hacer una descripción del temario correspondiente, pero vale aclarar que además del conocimiento de los elementos que componen una embarcación, se hace hincapié en la preparación de una travesía, el establecimiento de una derrota, organización de guardias, el manejo de derroteros, reconocimiento de faros, y particularmente la navegación astronómica, que no autoriza a ser astronauta, pero sí a que las estrellas ayuden a situarse sin necesidad de utilizar el GPS. También se ampliarán los conocimientos del manejo de la radio y la utilización de diferentes instrumentales de a bordo, radar, sistemas de localización, etc.
Es evidente que las prácticas se han de desarrollar en una embarcación homologada, tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas será en régimen de travesía y cada alumno debe participar como mínimo en una guardia de navegación completa de día y otra de noche. Estas prácticas se basan en perfeccionar aspectos de la navegación que no se hayan aprendido en las anteriores titulaciones, orientados principalmente a la travesía y la navegación segura.
Ahora sí, el límite está en los deseos de cuán lejos el capitán pueda o quiera llegar, en su capacidad y pericia, pero no cabe duda de que antes de llegar a este punto mucha agua ha de pasar por debajo de nuestra quilla.
Más información sobre titulaciones náutica en la web del Ministerio de Fomento.